Page:United States Statutes at Large Volume 59 Part 2.djvu/511

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.9 STAT.] IMULTILATERAL-CHARTER OF UNITED NATIONS-JUNE 26, 1945 expresamente reconocidas por los Estados liti- gantes; b. la costumbre internacional como prueba de una practica generalmente aceptada como derecho; c. los principios generales de derecho recono- cidos por las naciones civilizadas; d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las dis- tintas naciones, como medio auxiliar para la determinaci6n de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Articulo 59. 2. La presente disposici6n no restringe la facul- tad de la Corte para decidir un litigio ex aequo et bono, si las partes asi lo convinieren. CAPITULO III PROCEDIMIENTO Articulo 39 1. Los idiomas oficiales de la Corte seran el frances y el ingles. Si las partes acordaren que el procedimiento se siga en frances, la sentencia se pronunciara en este idioma. Si acordaren que el procedimiento se siga en ingles, en este idioma se pronunciara la sentencia. 2. A falta de acuerdo respecto del idioma que ha de usarse, cada parte podra presentar sus ale- gatos en el que prefiera, y la Corte dictari la sentencia en frances y en ingles. En tal caso, la Corte determinari al mismo tiempo cual de los dos textos hara fe. 3. Si lo solicitare una de las partes, la Corte la autorizari para usar cualquier idioma que no sea ni el frances ni el ingles. Articulo 40 1. Los negocios seran incoados ante la Corte, seg6n el caso, mediante notificaci6n del compro- mise o mediante solicitud escrita dirigida al Secre- tario. En ambos casos se indicaran el objeto de la controversia y las partes. 2. El Secretario comunicara inmediatamente la solicitud a todos los interesados. 3. El Secretario notificara tambi6n a los Miem- bros de las Naciones Unidas por conducto del Secretario General, asi como a los otros Estados con derecho a comparecer ante la Corte. Articulo 41 1. La Corte tendra facultad para indicar, si considera que las circunstancias asi lo exigen, las medidas provisionales que deban tomarse para resguardar los derechos de cada una de las partes. 2. Mientras se pronuncia el fallo, se notificaran inmediatamente a las partes y al Consejo de Se- guridad las medidas indicadas. Articulo 42 1. Las partes estaran representadas por agentes. 2. Podran tener ante la Corte consejeros o abogados. 3. Los agentes, los consejeros y los abogados de las partes ante la Corte gozaran de los privi- legios e inmunidades necesarios para el libre desempefio de sus funciones. Articulo 43 1. El procedimiento tendrd dos fases: una escrita y otra oral. 2. El procedimiento escrito comprendera la comunicaci6n, a la Corte y a las partes, de memo- rias, contramernorias y, si necesario fucre, de replicas, asi como de toda pieza o documento en apoyo de las mismas. 3. La comunicaci6n se hara por conducto del Secretario, en el orden y dentro de los terminos fijados por la Corte. 4. Todo documento presentado por una de las partes seri comunicado a la otra mediante copia certificada. 5. El procedimiento oral consistira en la audien- cia que la Corte otorgue a testigos, peritos, agentes, consejeros y abogados. 1185